Fuga de youtubers a Andorra: ¿Qué beneficios fiscales tiene el país vecino? ¿Es un paraíso fiscal?
En España, las retenciones aplicables a los rendimientos del trabajo para quienes declaran ingresos por encima de los 300.000 euros son de entre el 45% y el 50% dependiendo de la comunidad autónoma de residencia. En el principado el tipo máximo está en el 10%
¿Es ético que una persona o empresa que logra la mayor parte de sus beneficios en un país pague sus impuestos en otro con un sistema fiscal más benévolo? ¿Deben sus seguidos y las marcas con las que colabora dar la espalda a ElRubius? ¿Es un buen ejemplo para los 85 millones seguidores que, sin contar duplicidades, suma en sus cuentas y perfiles en YouTube, Twitter, Instagram, Twitch y Facebook? ¿Es justa su comparación con un ingeniero o un enfermero formado en alguna de nuestras universidades públicas que haya ido a buscarse la vida a Alemania o Inglaterra? La polémica persigue a Rubén Doblas Gundersen (el contribuyente Rubius) desde que anunciara que dejará de tributar en España para empezar a hacerlo en Andorra y aún enciende Internet, donde tiene colegas que le apoyan (como los ya emigrados Vegeta777 y Willyrex) pero también otros que le critican, como Ibai Llanos o AlexElCapo.
No es ni mucho menos un debate original. Ya se han enfrentado a él deportistas de élite o estrellas de la música o el cine y la televisión así como grandes fortunas de perfil menos público. Lo llamativo es que ahora llega en un momento de crisis y a un nuevo colectivo (el de los generadores de contenidos ‘online’) y un sector (la economía digital) en el que aún hay mucho que legislar más allá de la ‘tasa Google’, el primer intento por trasladar las obligaciones fiscales al lugar en el que se generan los beneficios independientemente de donde se encuentre la residencia fiscal de quien los ofrece.
Dejando a un lado las implicaciones éticas de la decisión lo que es incuestionable es que la mudanza es muy tentadora para alguien que, como es el caso, tiene unos ingresos anuales estimados en cuatro millones de euros. En España, los tipos marginales aplicables a las rentas más altas son de entre el 45% y el 50% dependiendo de la comunidad autónoma de residencia. En Bizkaia, por ejemplo, en 2019 eran del 49% para toda cantidad que supere los 184.950 euros. En Andorra, en cambio, la cuota tributaria aplicable a partir de los 40.ooo euros es del 10%.
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